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Mesa técnica tras las consultas es contraria al Reglamento Interno y a la ley, afirma Luis De León Arias

Tras la aprobación de una mesa técnica tripartita al mediodía de hoy, para analizar con más profundidad las propuestas escuchadas a lo largo de las consultas sobre las reformas al Seguro Social y el IVM, por los diputados de la Comisión de Trabajo y Salud, el doctor LUis De León Arias  emitió un informe en el que detalla que esta propuesta además de ser contraria a la Constitución y la Ley, delega en terceros responsabilidades propias de la Comisión.

Menciona una serie de artículos que a su juicio generan una dilación en la discusión del tema, “lujo que no se puede permitir el país, puesto que las autoridades electas, están delegadas por el poder popular a través del voto, para que representen a los ciudadanos y tomen decisiones oportunas, en beneficio de las mayorías”.

Se detalla que la propuesta de la Comisión de Salud, de crear una mesa técnica para analizar las recomendaciones recibidas durante las consultas del Proyecto de Ley 163, Que modifica, adiciona y deroga artículos de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, es contraria a lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 163 de la Constitución Política, ya que está delegando en esa mesa técnica, funciones que le corresponden a la Asamblea Nacional, por conducto de la Comisión, que es darle el primer debate al Proyecto de Ley.

Explica que: así lo dispone el Artículo 132, del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, el cual señala que es primer debate de todo proyecto de ley el que se le da en las Comisiones de la Asamblea Nacional.

Sostiene  que es de conocimiento público que esta Comisión ha escuchado a más de 400 personas, a través de un proceso de consulta y divulgación del referido Proyecto, pero la función legal de aprobar en primer debate el Proyecto, sea con modificaciones o no es de los miembros de la Comisión de Salud y no de una mesa técnica externa, ya que para eso la asamblea nacional escucha a los ciudadanos y a través de sus técnicos canaliza las mejoras o no al proyecto de ley en discusión.

Con esto se puede interpretar, que el Ejecutivo no está acorde con esta fusión de la Comisión de Salud, que lleva a la parte Empresarial, Trabajadores y Ejecutivo a formar una nueva fase de discusión con las propuestas e iniciativas que han salido a la luz para realizar cambios en el proyecto que tiene más de 200 artículos y que según, el presidente de la Comisión de Trabajo y Salud, sería un 50% de cambios a realizarse en busca de afectar lo menos posible al pueblo.

Se sustenta que en el artículo 133 del Reglamento Interno de la Asamblea, se señala que las Comisiones podrán introducir las reformas que crean convenientes, una vez debatido en su seno el proyecto, por lo que la discusión del Proyecto de Ley, debe debatirse conforme lo establece el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, teniendo presente que el artículo 137 del referido reglamento, dispone que las Comisiones no podrán hacer alteraciones de ninguna índole al documento original que reciban para su estudio.

Por  estas razones, la Comisión debiera presentar aparte, para la consideración del Pleno, todas las modificaciones, adiciones, reformas o proyectos nuevos que propusieren, ya sea en pliego de modificaciones, o en texto único que contenga los artículos originales y las modificaciones introducidas por la Comisión, siempre resaltando los aspectos modificados.

Las proposiciones podrán ser presentadas por los miembros de las Comisiones respectivas o por cualquier otro Diputado o Diputada, y siempre deberán presentarse por escrito y firmadas por su autor o autora. Los artículos, así como sus modificaciones y demás proposiciones que se presenten en la discusión del proyecto, en el seno de la Comisión, solamente podrán ser sometidos a votación entre los Diputados o Diputadas que la integren.