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Nueva Ley de Contrataciones Públicas deja  intacto el  régimen de  impunidad

La nueva ley de contrataciones públicas deja intacto el régimen de impunidad y complicidad sobre el cual se ha dado la gran corrupción en Panamá, afirma  el  abogado  Richard  Morales.

Uno de los aspectos que  ha  generado  una serie  de  reacciones  adversas  a la nueva  ley,  es   el relativo  al  de la  celebración de  acuerdos   de colaboración,  cuando se establece la incapacidad  legal en el siguiente punto:  “Quien celebre  acuerdos  de colaboración judicial o de pena  reconociendo la comisión  de delitos contra  la administración pública, delitos  contra el orden  económico, delitos contra la seguridad  colectiva, delitos  contra  el patrimonio  económico o delitos  contra la fe pública. En todo caso, la incapacidad  para contratar  no se extenderá más de  tres  años”.

Quedan exceptuados de este  supuesto quienes  cuya colaboración eficaz  haya conducido al esclarecimiento  del delito para evitar que continúe  su  ejecución,  para evitar  que se  realicen  otros delitos o cuando  la información aportada haya sido esencial para descubrir a sus actores  o partícipes.

El catedrático  señaló a La  Verdad  Panamá  que  estas  normas  no son  más  que  una serie de prohibiciones temporales, en gran parte fácilmente evadibles, que evita desmantelar la institucionalidad permisiva con la corrupción en las contrataciones públicas.

Si no se atacan las raíces, que están en el uso de los recursos públicos para hacer negocios particulares a empresarios conectados al poder político, las reformas serán mero reacomodo, enfatizó  Richard  Morales.

La  nueva  Ley de  Contrataciones Públicas  establece también  la  incapacidad  legal de  contratar en  el caso de  las  personas naturales o jurídicas, haber  sido condenadas, en los cinco  años que anteceden  a la convocatoria  del acto público por  sentencia  judicial definitiva  por la comisión  de delitos  contra  la administración pública, delitos contra  el orden económico, delitos contra  la seguridad  colectiva, delitos contra  el patrimonio, económico  y delitos  contra la fe pública, cuando sean personas  naturales, con penas  de prisión de  uno o más  años por un tribunal panameño  o extranjero. En estos  supuestos  la incapacidad  legal para  contratar se extenderá hasta  por cinco años.

Ante  la posibilidad  de que alguna  de las  grandes  corporaciones  de la  construcción sean condenadas  por actos de  corrupción  de acuerdo  con la  flexibilidad  que ofrece  la norma, Richard  Morales  indicó que “no lo harán, mientras esas empresas sigan siendo donantes de campaña,  mientras sigan siendo socios con las autoridades de turno, mientras no hayan mecanismos de control social de la ciudadanía sobre la gestión pública”.