Nueva Ley de Contrataciones Públicas deja intacto el régimen de impunidad
La nueva ley de contrataciones públicas deja intacto el régimen de impunidad y complicidad sobre el cual se ha dado la gran corrupción en Panamá, afirma el abogado Richard Morales.
Uno de los aspectos que ha generado una serie de reacciones adversas a la nueva ley, es el relativo al de la celebración de acuerdos de colaboración, cuando se establece la incapacidad legal en el siguiente punto: “Quien celebre acuerdos de colaboración judicial o de pena reconociendo la comisión de delitos contra la administración pública, delitos contra el orden económico, delitos contra la seguridad colectiva, delitos contra el patrimonio económico o delitos contra la fe pública. En todo caso, la incapacidad para contratar no se extenderá más de tres años”.
Quedan exceptuados de este supuesto quienes cuya colaboración eficaz haya conducido al esclarecimiento del delito para evitar que continúe su ejecución, para evitar que se realicen otros delitos o cuando la información aportada haya sido esencial para descubrir a sus actores o partícipes.
El catedrático señaló a La Verdad Panamá que estas normas no son más que una serie de prohibiciones temporales, en gran parte fácilmente evadibles, que evita desmantelar la institucionalidad permisiva con la corrupción en las contrataciones públicas.
Si no se atacan las raíces, que están en el uso de los recursos públicos para hacer negocios particulares a empresarios conectados al poder político, las reformas serán mero reacomodo, enfatizó Richard Morales.
La nueva Ley de Contrataciones Públicas establece también la incapacidad legal de contratar en el caso de las personas naturales o jurídicas, haber sido condenadas, en los cinco años que anteceden a la convocatoria del acto público por sentencia judicial definitiva por la comisión de delitos contra la administración pública, delitos contra el orden económico, delitos contra la seguridad colectiva, delitos contra el patrimonio, económico y delitos contra la fe pública, cuando sean personas naturales, con penas de prisión de uno o más años por un tribunal panameño o extranjero. En estos supuestos la incapacidad legal para contratar se extenderá hasta por cinco años.
Ante la posibilidad de que alguna de las grandes corporaciones de la construcción sean condenadas por actos de corrupción de acuerdo con la flexibilidad que ofrece la norma, Richard Morales indicó que “no lo harán, mientras esas empresas sigan siendo donantes de campaña, mientras sigan siendo socios con las autoridades de turno, mientras no hayan mecanismos de control social de la ciudadanía sobre la gestión pública”.