Actualidad

Aprueban cuarto bloque de reformas electorales

Incorporar el sistema penal acusatorio al proceso penal electoral, así como la innovación de la doble instancia son los aspectos fundamentales que se extraen del cuarto bloque de reformas electorales aprobado este jueves por el pleno de diputados. Ahora, los parlamentarios se alistan al debate del último bloque de articulados, los más sensitivos.

De acuerdo con el presidente de la Comisión de Gobierno, Quibian Panay, este tema ya había despertado el interés de los colegas debido a que existía un limbo jurídico con relación a la implementación del sistema acusatorio en la norma electoral.

La ley electoral en materia procesal se basaba en el libro tercero del Código Judicial; sin embargo, este quedó derogado, y, por tanto, se hacía urgente tomar los correctivos, en particular ahora que se creaba la doble instancia.

Sobre este punto, el magistrado del TE Heriberto Araúz destacó que era necesario adecuar la jurisdicción penal electoral a las bases ideológicas de las estructuras del sistema penal acusatorio.

Referente al Proyecto 292, de reformas electorales, para efectos de garantizar una doble instancia, se establece la figura de los juzgados electorales que asumirán el conocimiento de nuevas causas electorales y sus decisiones podrán ser apeladas ante el Tribunal Electoral.

Las funciones que se les adscriben a los juzgados son las relacionadas con la impugnación de los eventos electorales, como son la impugnación al padrón electoral, la impugnación de los resultados electorales y la revocatoria de mandato.

Para ilustración, Araúz destacó que la doble instancia es parte de una corriente de hace muchas décadas en el mundo de la justicia, que exige que las causas o procesos sean revisados en dos instancias.

Según el magistrado, hay muchas causas que están en el Código Penal que son de competencia exclusiva del pleno del Tribunal Electoral y con el establecimiento de la segunda instancia se garantiza los derechos de defensas y el debido proceso de las personas.

También se trató en este bloque el tema de la prescripción electoral, y en ese sentido Araúz informó que lo importante es que se aumentan los términos para investigar los casos, pues la mayoría contemplan tres años.

Dijo que algunos aumentan en cuatro o cinco años, ya que existe la necesidad de que estas prácticas ilegales convertidas en delitos puedan ser sancionadas oportunamente

Calificó de balance positivo lo aprobado hasta el momento del Proyecto de Ley 292.

En el bloque 5, serán discutidos el clientelismo, el voto adelantado, limitaciones a los servidores públicos en materia electoral, financiamiento público, facilidades electorales, financiamiento privado, campaña y propaganda electoral, fuero electoral, fuero penal, fuero penal electoral y género.