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¿ARTÍCULO 69 DE LA DESCENTRALIZACIÓN, ARTÍCULO SACA PLATA, QUITA CASA?

Colaboración Zulay Rodríguez

Actualmente se sanciono LA LEY 66 DEL 2015 que aprobó la DESCENTRALIZACIÓN, y, se aprueba el artículo 69 que introdujo los NEFASTOS REAVALÚOS por parte de la ANATI.

Sabías que la descentralización inicio el 2 de enero del 2016 y faculta a la ANATI a cobrar todos los impuestos de bienes inmuebles; y, por ende, realizar los nefastos reavalúos, sobre sus propiedades (residencias, apartamentos, terrenos y fincas agropecuarias), porque ambos están conectados.

El artículo 69 de la Descentralización, se remite a lo dispuesto por los artículos 788 y 789 del Código Fiscal, que establecen que si al vencimiento de los plazos correspondientes no ha sido pagado el impuesto del bien inmueble, el recaudador  lo cobrara por la vía ejecutiva y al no poder pagarlo, se embargarán y rematarán sus propiedades.

Los REAVALÚOS te aumentan los precios de tus casas, a  precios comerciales actuales y no catastrales. Si tu casa actualmente te costó 40,000 mil dólares, pagarás un impuesto de $840.00 anuales; y, si te la revalorizan tu casa al precio comercial en B/ 300,000 dólares, quedas pagando un impuesto de bien inmueble de $ 6,300 dólares.

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Sin reglas claras, ni controles, la ANATI cobrara el impuesto del bien inmueble, que no solo es el más caro de Latinoamérica (2.10), sino que podrán aumentarlo cuántas veces quieran, y realizar  los Nefastos Reavalúos en el tiempo que quieran, sin que exista, en la actualidad, una ley definida que le ponga límites y controles a la realización de los Reavalúos, que aumenta el impuesto de bien inmueble y que al final se destinará a los Municipios.

Mientras los Municipios tendrán dinero  en sus arcas, los propietarios de bienes inmuebles, quedaremos a merced de la ANATI, porque esta entidad podrá incrementar el impuesto de 2.10 cuántas veces quieran, y, el día que no puedas pagar los impuestos, perderás tu hogar, a pesar de haber pagado una hipoteca al Banco por 20 ó 25 años.

Si no se regula o se eliminan los nefastos reavalúos; y/o se disminuye el Impuesto del Bien Inmueble a través del PROYECTO DE LEY  43 que se encuentra,  esperando desde el 12 de enero del 2015, el segundo debate en el Pleno Legislativo, la clase media, los jóvenes profesionales, clase humilde, agricultores, tienen el riesgo de perder sus propiedades, porque no podrán pagar un impuesto que representa una segunda hipoteca de por vida, y, el día que no puedas pagarla, te quitarán el hogar que tanto te costó adquirir como sucedió en España, Portugal, Grecia e incluso en Estados Unidos.

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Los panameños no podremos tener nunca una vivienda propia, viviremos alquilados y pagaremos una segunda hipoteca de por vida, con los impuestos de bienes inmuebles que utilizaran los MUNICIPIOS, con el riesgo de perder nuestros hogares, lo que traerá consigo más pobreza; y,  estaremos supeditados por siempre a los subsidios y caridad del Gobierno de turno, al no existir reglas claras, quedaremos desprotegidos y a la buena voluntad de la ANATI al revalorizar nuestros hogares.

Pueblo Panameño, exige tu derecho de que se discuta el PROYECTO DE LEY  43 que elimina los nefastos reavalúos, y, que disminuye el impuesto del bien inmueble de 2.10 a 0.25 para que tengas la seguridad de que no perderás tu hogar, apartamento, vivienda, terreno y fincas, y que puedas dejarle un patrimonio familiar a tus hijos, que adquiriste con tu sacrificio con el pago de hipoteca, tus impuestos, y al final no pierdas lo único que tienes: TU HOGAR.

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