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Comunicado de FENASEP en apoyo trabajadores de aduanas.

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Pueblo Panameño.

ABUSOS, VIOLACIONES EN GENERAL Y VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO EN ILEGALES DESPIOS DE FUNCIONARIOS DE ADUANAS. HOY NOSOTROS, MAÑANA SERÁN OTROS.

La Resolución 421 de la Autoridad Nacional de Aduanas del 6/10/2015, en su considerando, adiciona el espíritu con el que esta ley fue creada y cito:

“…la transparente distribución de los incentivos, estímulos y/o gratificaciones entre los servidores públicos aduaneros del servicio activo, atendiendo a su eficacia y eficiencia”. Este concepto ha sido violentado por la actual Administración de aduanas que en base a una hermenéutica retorcida ha hecho una repartición antojadiza y caprichosa que favorece enormemente a los ejecutivos en desmedro de los verdaderos trabajadores.

Asesores del director B/. 15,000.00 a cada uno, a los Sub-directores B/. 18,000.00 a cada uno; a la Secretaria General B/.15,000.00; a dos funcionarias que trabajaron de octubre a  noviembre es decir (2 meses) B/. 3,000.00 y 2,500.00

Repartición Excluyente: Comisionado Gilberto Samaniego b/. 8,000.00; comisionado Miguel García b/. 9,000.00; la capitana Keyla Martínez b/. 2,200.00, José Rojas b/. 2,000.00; Ralph Alcocer b/. 3,000.00; Armando de Gracia b/. 2,000.00; Eric González b/. 2.200.00; Arístides Aguirre b/. 3,000.00; Foster Weeden B/. 2,500.00; Eladio López b/. 2,000.00. En opinión de la FENASEP el espíritu de la norma que reconoce el bono es incentivar a los trabajadores de salarios deprimido no al  gabinete o clase ejecutiva de aduanas, ellos formalmente no incautan ni decomisan, en consecuencia no se pueden arrogar el derecho de quedarse con la mayor parte del recaudo.

Las ilegales investigaciones violan el debido proceso por lo siguiente:

Si se investiga la comisión de un supuesto delito, la autoridad competente es el Ministerio Público, una vez presentadas pruebas con suficiente mérito para abrir un sumario, pero quienes investigaron ilegalmente fueron policías abusando del poder, en una infame y escandalosa violación al debido proceso. La autoridad nominadora solo puede investigar faltas administrativas, desde luego, cumpliendo con los presupuestos jurídicos pertinentes.

  • Entre los abusos cometidos esta la violación de la privacidad en supuestos expediente muestran fotografías que por sí sola no tienen ningún valor jurídico, incluso hay una foto que muestra a una compañera en el interior de su residencia, irrumpiendo ilegalmente en el interior de la misma sin orden de autoridad competente
  • En las supuestas investigaciones se violó el debido proceso porque las víctimas de esta arbitrariedad no fueron advertidos de sus derechos no hubo abogados, los entrevistadores fueron policías que ni siquiera son funcionarios de Aduanas lo que revela una flagrante violación al debido proceso, entre otras tantas violaciones.
  • Los miembros d la Policía Nacional no son funcionarios de instrucción, por tanto, no pueden hacer indagatorias, ésta en el supuesto de la comisión de un delito es privativa del Ministerio Público, quien se encuentra mérito lo traslada a la jurisdicción competente.
  • Admitir la supuesta existencia de delitos y no actuar legalmente de conformidad con el ordenamiento jurídico esa negligencia implica un peculado de omisión, y cobrar bonos sin sustentación jurídica puede resultar en un peculado de uso.