Contraloría seguirá fiscalizando a la Asamblea Nacional
La Corte Suprema de Justicia informó que declaró inconstitucional el Decreto No. 441-2016 DMySC de la Contraloría General de la República que limitaba y establecía controles a las partidas de donaciones de la Asamblea Nacional.
La Contraloría General de la República por mandato de nuestra Constitución Política específicamente en el numeral 2, del artículo 280, dispone que son funciones de la Contraloría «fiscalizar y regular, mediante el control previo o posterior, todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin de que se realicen con corrección, según lo establecido en la ley».
A razón de esta facultad constitucional, de regular el uso de los fondos públicos, el 25 de octubre de 2016, la Contraloría General de la República emitió el Decreto No. 441-2016 para controlar y establecer limitaciones a los donativos que pudiera otorgar la Asamblea Nacional. El único interés de la Contraloría al emitir dicho manual de control fue para poder restringir el uso sin regulación de dichos fondos.
Es importante acotar que previo a dicho decreto no existía ningún tipo de limitación para disponer de los fondos asignados a la Asamblea Nacional, en la Ley de Presupuesto General del Estado, para esos menesteres.
En el momento en que la Contraloría General de la República sea notificada del fallo de inconstitucionalidad, y el mismo se adscribiera solamente a nuestro Decreto de Control, procederemos con todos los recursos legales dentro de nuestras capacidades para evitar se cercene nuestra facultad reguladora del manejo de fondos públicos.
Por lo anterior, si el fallo de la Corte Suprema de Justicia solo declarara inconstitucional nuestro Manual de Control y no declarara inconstitucional por conexión la partida presupuestaria de donaciones asignadas a la Asamblea Nacional, la Contraloría General de la República procederá inmediatamente a solicitar la inconstitucionalidad de dicho objeto de gasto.