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Cuestionan desafío a fallo de la CSJ en el caso Eternity Shine y advierten posibles acciones legales

Javier Collins Agnew
La Verdad Panamá

El abogado Luis Fuentes Montenegro expresó su preocupación y rechazo ante la actuación del Juzgado Quinto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá en el proceso que involucra a la sociedad Eternity Shine, S.A. y P.H. Megápolis Outlets Panamá.

Según el jurista, este caso representa una violación grave a la Constitución y a la institucionalidad del país, debido al incumplimiento de un fallo definitivo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

“El caso Eternity Shine es extremadamente delicado por el comportamiento del juzgado al no acatar un fallo que es definitivo, emitido por la CSJ, lo que pone en evidencia, por un lado, la violación a un mandato superior y, por el otro, la violación a la norma constitucional que establece que las decisiones de la Corte son definitivas e irrecurribles”, expresó Fuentes Montenegro.

El abogado recordó que la Constitución Política de la República de Panamá establece claramente la obligatoriedad de acatar los fallos de la Corte Suprema de Justicia.

La desobediencia por parte de un tribunal inferior constituye, según explicó, un atentado directo contra la seguridad jurídica y los principios democráticos, recordó.

Ante esta situación, Fuentes Montenegro explicó que existen al menos tres vías jurídicas que pueden ser utilizadas para enfrentar la negativa del juzgado a cumplir con el fallo:

Presentación de una querella penal contra el juez o la juez a cargo, ya que la dilación en la aplicación del fallo puede interpretarse como un acto doloso, que podría constituir un delito.

El abogado subrayó que esta conducta debe ser investigada penalmente por tratarse de una falta grave que compromete la ética judicial, la legalidad y la Constitución.

Otro recurso sería la interposición de un Amparo de Garantías Constitucionales, dado que el incumplimiento del fallo por parte del juzgado afecta los derechos fundamentales de la parte demandante, que ya han sido reconocidos por la máxima instancia judicial.

“El amparo es un mecanismo para proteger los derechos de quien ya ha recibido un reconocimiento jurídico que ahora se ve vulnerado por el incumplimiento del juzgado”, precisó.

La otra vía  es solicitar a la CSJ que emita un llamado de atención formal e inicie un proceso disciplinario contra el juez, por la omisión de sus deberes y por el incumplimiento deliberado de sus funciones.

El caso llegó al Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, que mediante fallo fechado el 14 de marzo de 2025, decidió inhibirse del conocimiento del recurso de apelación presentado por el abogado Oswaldo Marino Fernández Echeverría, apoderado sustituto de la sociedad Eternity Shine, S.A..

La apelación había sido interpuesta contra el Auto No. 184/2025, emitido el 15 de enero de 2025 por el Juzgado Quinto de Circuito de lo Civil, el cual rechazó de plano una solicitud presentada por el abogado Fernández Echeverría.

No obstante, el Tribunal Superior argumentó que dicha resolución no es susceptible de apelación, conforme al artículo 1131 del Código Judicial y otras normas especiales. Por tal razón, ordenó devolver el expediente al juzgado de origen.

Para el abogado Luis Fuentes Montenegro, este proceder judicial es preocupante y abre un peligroso precedente.

“Estamos ante una situación que pone en jaque la confianza en la administración de justicia. Si un tribunal inferior no acata una orden de la Corte Suprema, ¿qué confianza puede tener el ciudadano en que sus derechos serán respetados? Esto afecta no solo a las partes involucradas, sino a todo el sistema judicial”, advirtió.

Finalmente, Fuentes Montenegro hizo un llamado a la Corte Suprema de Justicia y a las autoridades competentes para que se investigue esta situación y se tomen las medidas necesarias, ya sea mediante acciones penales, amparos o procesos disciplinarios, a fin de restablecer el orden jurídico y garantizar que los fallos de la máxima autoridad judicial sean respetados sin excepciones.

“Panamá no puede permitir que la ley sea ignorada por quienes tienen el deber de hacerla cumplir. La justicia no puede ser un terreno de caprichos personales ni interpretaciones arbitrarias. La ley está por encima de cualquier juez”, concluyó.