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Debaten innovaciones a Ley de Pensiones Alimenticias

La ley 42 de pensión alimenticia generó el análisis en la Asamblea Nacional. Esta en segundo debate, un proyecto de modificaciones en la ley como confianza en los padres sobre la celeridad y efectividad de los procesos.

La aprobación de una Ley de Pensión Alimenticia, existía con mucha insatisfacción en la sociedad por la poca efectividad de la ejecución de las resoluciones judiciales que establecen las cuotas alimenticias.

Los Juzgados Municipales de Niñez y Adolescencia, que fueron creados en el año 2012 para implementarse la jurisdicción de la familia.

Se debatieron de manera profunda los vencimientos de los términos para pagar la pensión alimenticia y el plazo que se le da al alimentista para poder solucionar el pago de la pensión, y se explicó el cambio sustancial que se tiene que dar en cuanto al pago de la pensión y sus excepciones. Además, se proponen medidas coercitivas o medidas de ejecución y efectividad.

Dichas medidas abarcan apremio corporal hasta por un término de treinta días. En caso muy calificado de ocultación del deudor de la pensión alimenticia, para evitar el apremio, la autoridad podrá ordenar el allanamiento.

También se señalan otras medidas como trabajo social comunitario coordinado con el Ministerio de Desarrollo Social y otras entidades públicas con funciones sociales y con las alcaldías, suspensión del paz y salvo municipal, inhabilitación para contratar con el Estado o el municipio por un periodo igual al adeudado en concepto de pensión alimenticia.

Además, se suspenderá provisionalmente la licencia de conducir, hasta tanto cumpla el pago de la pensión, inclusión en la Asociación Panameña de Crédito u otra entidad de crédito, así como la publicación obligatoria trimestral de la lista de morosos en la página web del Órgano Judicial y los de la autoridad administrativa en la página web de la alcaldía pertinente y poner a disposición de la parte la publicación respectiva.