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Gabinete autoriza proyecto que elimina la facultad ministerial de multar a medios de comunicación

El Consejo de Gabinete autorizó al titular de Gobierno, Milton Henríquez, a presentar ante la Asamblea Nacional el proyecto de ley “Que modifica, adiciona, subroga y deroga artículos de la Ley 82 de 24 de octubre de 2013; modifica un artículo de la Ley 42 de 1999 y modifica la Ley 15 de 31 de mayo de 2016.

A través de esta norma se elimina la facultad que tiene el Ministerio de Gobierno de imponer multas a aquellos medios de comunicación social que incurrieran en ciertas violaciones definidas en la Ley, trasladando esta responsabilidad a la esfera judicial.

La iniciativa del Ministerio de Gobierno propone que esta responsabilidad se traslade específicamente a la jurisdicción civil, la facultad de dirimir los conflictos y establecer responsabilidades ante la posible colisión de los derechos de las mujeres y de las personas con discapacidad a una vida libre de discriminación y violencia, frente a los derechos de libertad de expresión, información y prensa.

En virtud de lo antes expuesto, el Ministerio de Gobierno es de la opinión que la demanda en contra de un medio de comunicación que supuestamente haya incurrido en discriminación o cualquier tipo de violencia contra la mujer definida en la Ley 82 de 2013 o en actos expresamente señalados en la Ley 42 de 1999, deba ser de conocimiento de la jurisdicción civil a través de un proceso sumario.

También, la presente iniciativa legislativa busca garantizarle el derecho constitucional de acceso a la justicia a la persona afectada por cualquier acto de violencia definida en la Ley 82 de 2013, a través de la asistencia técnica-legal gratuita en el ámbito penal y civil a través del Instituto de Defensoría de Oficio del Órgano Judicial.

El Ministro detalló que la iniciativa surge luego de examinar, durante el proceso de reglamentación, las disposiciones legales contenidas en la Ley 82 de 24 de octubre de 2013, y luego de un análisis con diversos sectores de la sociedad civil y los convenios internacionales en esta materia, se concluyó que una entidad administrativa como lo es el Ministerio de Gobierno no debe tener la facultad de multar a los medios de comunicación social, ya que esto podría derivarse en o interpretarse como posibles restricciones o limitaciones a la libertad de expresión, derecho de prensa y/o derecho a la información.