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La Asamblea aprueba Ley 304

Personas que tienen más de 40 años de estar bajo el sistema de asentamientos campesinos podrán segregar las tierras para darles formalidad a los títulos de propiedad y, así, usufructuar de ellas para su sobrevivencia y la de sus generaciones.

El Proyecto de Ley 304, que reglamenta las organizaciones campesinas en Panamá, aprobado en tercer debate por la Asamblea Nacional, les permite, sin mayor restricción, que en cumplimiento de las formalidades legales, segreguen, traspasen o vendan sus tierras y de esta manera permitirles disfrutar del derecho de poseerlas.

Era necesario adecuar la Ley 23 de 1983, sobre asentamientos campesinos, a efectos de que las familias que por tantos años se han mantenido organizadas, trabajando y haciendo producir alimento, se les dé pleno derecho sobre sus tierras.

La recomendación de los proponentes a las asociaciones campesinas, y que fue secundada por la mayoría del pleno, es que no vendan las tierras para que luego de certificar el título de propiedad puedan aplicar a los bancos y ser sujetos de crédito.

Los miembros de estas agrupaciones cuentan con los planos, pero la ley actual no autoriza segregar esas tierras y están bajo el nombre de un presidente de la asociación. Se pretende romper con esa limitante y que los miembros de esas organizaciones decidan sobre sus parcelas.

De acuerdo con el Proyecto 304, los miembros de asentamientos y organizaciones campesinas por años fueron el motor que proporcionó la seguridad alimentaria en el país, que han trabajado la tierra, la han cultivado, han habitado en ella y le han pagado al Estado.