Normas para las elecciones primarias
El Tribunal Electoral reitera a la membrecía de los partidos políticos que están vigentes las normas contenidas en la Ley Electoral y en los decretos que rigen los procesos electorales, ya sean elecciones partidarias o generales.
En este sentido, se informa que en cuanto a la vestimenta y distintivos, los representantes de los partidos políticos y demás personas que tengan acceso al recinto electoral son libres de portar como parte de su vestimenta, el día de las elecciones, cualquier tipo de distintivo referente al partido, alianza o candidato de su preferencia, siempre que no contenga el nombre o logo del Tribunal Electoral o de la Fiscalía General Electoral. Igual derecho tienen los representantes de los partidos políticos. Asimismo, el día de la elección los vehículos pueden portar distintivos de partidos y/o candidatos.
Las personas que tengan acceso al recinto electoral podrán portar distintivos en su vestimenta con el número del candidato en la boleta de votación, lo que es conocido como “batería”, pero no lo pueden hacer quienes estén en los centros de orientación (toldas). En cuanto a los vehículos, si están revestidos de propaganda electoral deben guardar distancia de al menos 50 metros del centro de votación.
Con relación a la propaganda en exteriores de los centros de votación, queda prohibida la colocación de la misma dentro de un radio de cincuenta metros (50 m) en torno al centro de votación, exceptuándose el caso de los centros de orientación.
Finalmente, la institución electoral reitera que se podrá instalar centros de orientación (toldas) en los centros de votación, de acuerdo con las siguientes reglas:
- Las personas que presten servicio dentro de las toldas, únicamente podrán portar vestimentas alusivas al partido político que representan.
- En ningún caso, en ninguna de estas prendas podrán solicitar el voto de ninguna forma.
- En las toldas queda prohibida la distribución de artículos promocionales, así como información impresa sobre los números de los candidatos o partidos, conocida como “batería”.
- Las toldas serán identificadas únicamente con el nombre y logo del partido político. Además, podrá incluirse el nombre de la alianza, cuando fuera el caso.