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Opiniones encontradas genera reformas a la ley de abogacía

Javier Collins Agnew
La Verdad Panamá

Opiniones a favor y en contra ha generado la ley No. 350 de 21 de diciembre de 2022 que regula el ejercicio de la Abogacía en Panamá y se ha cuestionado que a profesiones de otras ramas no se les aplica un examen previo, como requisito para recibir su idoneidad.

El jurista Angel Calderón cuestionó la realización de esas pruebas y dijo que no es lo recomendado porque los futuros abogados se esmeran estudiando cinco o seis años, periodo que implica un gran sacrificio.

“Vale preguntarse si igual examen le imponen al resto de los profesionales para optar por su idoneidad”, cuestionó Calderón.

De igual forma se preguntó del porque un abogado no puede ejercer desde una sociedad anónima o una sociedad mercantil, prohibición claramente establecida en la nueva ley de abogacía.

Segun Calderón,  esos puntos nunca fueron aclarados y “ahora tenemos una nueva ley que regula el ejercicio de la abogacía, una profesión que puede ser ejercida por cualquiera”, señaló.

Por su parte, el jurista Luis Fuentes Montenegro aseguró que la nueva ley de abogados, en términos generales representa una reproducción de la ley anterior, salvo algunos aspectos novedosos.

Recordó que por un lado esta la realización del examen de conocimientos que debe hacerse antes, como condición formal para poder solicitar y que le sea otorgada la idoneidad a los futuros abogados.

Dijo que también está el tema de la figura de la concusión como delito en los cuales pueden incurrir abogados que ejercen cargos en las instituciones públicas e igual está el tema del proceso por falta a la ética sobre el cual se establecen pautas.

“Fuera de esos aspectos, la situación de la profesión y de su ejercicio en la nueva ley, no presenta mayores transformaciones”, aseguró.

Destacó que la abogacía recorre en la actualidad por una fase de riesgos como lo es la proliferación de abogados, la falta de preparación de muchos.

“Abogados de títulos pero que no cuentan con el conocimiento elemental teórico-práctico y que hasta en algunos casos asesoran instituciones. Tienen poco apego a la ética, lo ven como dilema insulso”, sostuvo.

A juicio de Fuentes Montenegro la ley puede entenderse como un llamado para hacer hincapié en el rescate de una profesión que históricamente ha contado con profesionales extraordinarios que le han aportado mucho a la sociedad.

Por su parte el abogado Alfonso Fraguela sostuvo que la nueva norma lo que hace es simplemente incorporar un examen a los nuevos abogados como requisito para recibir su idoneidad.

“La norma le dió competencia a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia para optimizar la calidad profesional de los licenciados en derecho”, dijo.

El documento señala que el examen profesional para el acceso al ejercicio de la abogacía será aplicado en base un temario previamente establecido, y para su aprobación se requerirá un puntaje mínimo estipulado por adelantado.

Además, se explica que el examen no tendrá ningún costo y, en caso de que el aspirante no lo apruebe, podrá presentarse a la siguiente convocatoria.