Presidente Varela sanciona ley que establece licencia de paternidad en Panamá
El presidente Juan Carlos Varela sancionó hoy la ley que establece el derecho a la licencia remunerada de paternidad para todos los trabajadores en los tres días hábiles posteriores al nacimiento de un hijo.
La licencia será concedida al momento del nacimiento del hijo o la hija, los trabajadores del sector público y privado recibirán tres días hábiles que serán computados como tiempo efectivo de servicio, y durante ese periodo el beneficiario no podrá realizar labores para otro empleador o por cuenta propia, reza la llamada Ley 27 de 2017.
Para acogerse al beneficio, el trabajador deberá comunicar a su empleador o a la institución para cual trabaja con una semana de anticipación la fecha probable del parto, y presentar el certificado de nacimiento emitido por la Dirección Nacional de Registro Civil del Tribunal Electoral que lo acredita como padre del menor.
Con la licencia por paternidad «Panamá sienta un hito al propiciar espacios para la convivencia familiar y aumentar el lazo afectivo entre padre e hijo», señaló este miércoles el Gobierno en un comunicado.
El proyecto de ley fue presentado ante la Asamblea Nacional por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, que originalmente propuso que se concedieran 5 días hábiles libres a los nuevos padres para que ayuden a sus parejas con la llegada de los bebés al hogar.
El sector empresarial se opuso a esta medida porque calcula que su costo ascendería a 30 millones de dólares, cuando la propuesta era la de 5 días libres.
Sin embargo, el Ministerio de Trabajo estimó los costos en 6,4 millones de dólares al sector privado y 1,6 millones de dólares al sector público.
Las madres ya cuentan con una licencia remunerada de tres meses divididos en dos periodos iguales otorgados antes y después del parto, aunque la mayoría de las mujeres buscan aprovechar los tres meses completos con sus bebés en brazos.