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Publicidad no monitoreada por el Tribunal Electoral no será reembolsada, establecen reformas de cara al 2024

Delkis Rangel / La Verdad Panamá

La Ley 247 de 22 de octubre de 2021 del Código Electoral, establece nuevas medidas de cara a la contienda electoral del 2024 tanto para los candidatos de libre postulación como para los partidos políticos; dentro de esas nuevas modificaciones está el escenario financiero que ha desatado muchas críticas.

Para garantizar un mayor control en el manejo financiero público preelectoral, los precandidatos, candidatos y partidos políticos deberán autorizar por escrito al Tribunal Electoral (TE) y darle los permisos correspondientes para que tenga acceso a las plataformas de pautas de sus cuentas en redes sociales a objeto de realizar la auditoria en tiempo real del gasto y las métricas generadas.

La publicidad que no se haya podido monitorear en tiempo real no se considerara para efectos de reembolso del financiamiento público electoral.

Mientras que en el financiamiento privado se adoptarán medidas en la que los partidos políticos podrán recibir en concepto de financiamiento privado, hasta un tercio (1/3) del monto que le corresponde al partido que reciba más financiamiento público preelectoral, sin poder excederse del monto de este.

En ese mismo ángulo, las nóminas presidenciales por partidos políticos o por libre postulación podrán equiparar el gasto de propaganda electoral con fondos privados a la suma que pueda utilizar el partido que más financiamiento público preelectoral reciba, todo esto en búsqueda de una mayor equidad en los recursos.

Cabe destacar que para este proceso electoral, las contribuciones privadas solo podrán depositarse en el Banco Nacional de Panamá o en la Caja de Ahorros.

Con relación a las donaciones, los partidos políticos y candidatos no podrán recibir donaciones o aportes provenientes de personas naturales o jurídicas que de forma directa o indirecta sean contratistas del Estado, de congregaciones religiosas de cualquier denominación u origen y de las personas condenadas con sentencia ejecutoriada por delitos contra la administración pública, tráfico ilícito de drogas, entre otros.

En caso particular, de que algún funcionario electo declina recibir el financiamiento público poselectoral, la suma que le corresponda se destinará  para el uso exclusivo de investigación científica en la Secretaria Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Senacyt), recurso que antes se devolvía al Ministerio de Economía y Finanzas.

De igual forma, se establece una nueva distribución del fondo de capacitación del financiamiento público poselectoral, con un mínimo de 20% para el desarrollo de actividades exclusivas para la capacitación de las mujeres, otro 20% para el desarrollo de actividades exclusivas para la juventud y por ultimo un 10% para la formación sobre acciones políticas inclusivas en pro del empoderamiento de personas con discapacidad.

Los magistrados del Tribunal Electoral celebraron ayer una jornada  de  docencia con periodistas  de  diversos medios d e comunicación social.